RECONOCIMIENTO GASTOS POR PRESTACIONES MEDICAS
- Debe tratarse de servicios reconocidos por SUMA y dentro de los 30 días de haberse realizado.
- No todos son reconocidos de la misma manera. En algunos casos se reconoce una suma fija (por ejemplo las consultas), en otros casos es una parte de lo que abona el afiliado y otras prestaciones se cubren totalmente, es decir que el afiliado no abona importe alguno.
- Si bien el sistema es de reintegros de gastos ya efectuados, para aliviar la carga económica que debe afrontar el asociado, las prestaciones más comunes (análisis, radiografías, odontología, etc) se autorizan directamente quedando a cargo de la Mutual el importe correspondiente.
- Consultas médicas: Se reconocen $100 por cada una de ellas con un máximo de 12 anuales.
- Períodos de carencia: es el tiempo que debe cumplir el asociado para tener derecho al reconocimiento de los gastos efectuados.
SUMA reajusta periódicamente los valores y condiciones con los prestadores, tendiendo en cuenta las posibilidades financieras de la Mutual, especialmente para minimizar los costos que deben afrontar los afiliados, por la cantidad de prácticas no nomencladas, es decir, por las mdoernas formas de diagnóstico y/o tratamientos que surgen cotidianamente.